LOS BEBÉS DEL PAPA 👼
La necesidad de proporcionar al niño una protección especial fue enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño.
Posteriormente,
30 años más tarde, la Asamblea de las Naciones Unidas aprobó en 1959 la
Declaración de los Derechos del Niño. Y, 30 años después, el 20 de noviembre de
1989 se adoptó como Convención.
Hasta la
fecha, casi 200 países la han ratificado. Convirtiéndose en el Tratado
internacional de derechos humanos más firmado de toda la historia.
España lo hizo el 6
de diciembre de 1990. Se publicó en el BOE el 31 de diciembre de 1990 y entró
en vigor el 5 de enero de 1991.
Los principales
objetivos de la Convención sobre los Derechos del Niño son garantizar y
proteger los derechos fundamentales de todos los niños, niñas y adolescentes.
Uno de estos
derechos es el de su libertad de pensamiento, conciencia y religión (Artículo
14).
Dice el precepto que, los
Estados respetarán los derechos de los padres de guiar al niño en el ejercicio
de su derecho. Pero que, la libertad de profesar sus propias creencias estará sujeta a cuantas limitaciones prescritas por la ley sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral, la salud o los derechos y libertades fundamentales de los demás. Dicho de otro
modo, no se pueden imponer a los menores actos, sin respetar su bienestar.
Y, tras estos
breves antecedentes jurídicos introductorios, os cuento:
El seguimiento
televisivo de la visita del Papa León XIV está poniendo a prueba mi capacidad
de sorpresa, incredulidad e indignación, por varias razones. La principal y más
preocupante es la lluvia de bebés que, alzados por desconocidos de los padres,
se le ofrecen a su paso. Puntualizo que, en la mayoría de las ocasiones el paso
del Papa es motorizado, no pedestre. En términos de seguridad, el detalle no es
baladí.
Mi fructífera
imaginación es irrefrenable. Y, nada puedo hacer para evitar que acudan a mi
mente preguntas surrealistas sin respuesta. ¿Puede un bebé perderse y no
retornarse a sus padres, como sucedía con las camisetas que se tiraban al
autobús de la rúa del Barça para ser firmadas?. ¿Si a un bebé le toca la cabeza
el Papa, podemos garantizar que en el futuro no será un asesino en serie?
Pero, el acercamiento de bebés (al punto del lanzamiento) no
tiene ninguna gracia.
Salvo alguna supuesta exención divina (que pueda yo
desconocer) que exima al Papa del cumplimiento de la legalidad, debería
respetarse a los niños, en acciones como la descrita.
En todas sus variaciones, la fe y el culto no deben estar
exentos de límites. Desde las procesiones de Semana Santa donde se acerca a los
niños a los pasos de la Virgen, a las restricciones alimentarias religiosas.
Los niños, niñas y adolescentes son seres con derechos y
libertades, que deben poder decidir cuando tengan capacidad para poder hacerlo,
la religión que profesarán, si quieren.
Barcelona, 10 de junio de 2026
Fdo.: Meritxell Armengol Sanz








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